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Oficina de
BIENESTAR ANIMAL 
de Cataño

Protegiendo a nuestras mascotas

PROHIBE LA PIROTECNIA AÉREA

(Tirar-disparar) Y EXPLOSIVA (Ley 83 de 1963, según enmendada)

PROHIBE poseer, usar, fabricar, hacer fabricar, importar, vender, tener para la venta, la venta, ofrecer, entregar a cualquier persona o disponer de PIROTECNIA AÉREA, LO CUAL INCLUYE FUEGOS ARTIFICIALES, no aprobados por las autoridades, así como la PIROTECNIA EXPLOSIVA.

PENALIDADES

de material de pirotecnia: delito menos grave y cualquier multa será no menor de $500.

 

Casos donde se ocupe más de 10 unidades: delito grave y cualquier multa será no menor de $5,000.

DENUNCIA

POLICÍA DE PUERTO RICO

Cuartel General:

787-793-1234/ 787-343-3030

Oficina de Explosivos y Seguridad Pública:

787-783-6815

Cuartel Municipal:

787-788-8877

Cuartel Estatal Cataño:

787-788-0030

Oficina de Bienestar Animal de Cataño

Protegiendo a nuestras mascotas

787-788-4784

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